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Juan Reinon

Traducción Española : Geopolítica de la empresa capitalista

Valérie Bugault, traducida por Juan Reinon

Introducción

Ni comunista ni ultraliberal, la tercera vía política reside en el apaciguamiento de las relaciones sociales, políticas y geopolíticas que posibilitará una renovación jurídica global del concepto de empresa. Cuando hablamos de empresa en esta presentación, será necesario entender el actual modelo de empresa de tipo capitalista que se ha impuesto a nivel mundial. Las variaciones jurídicas, de un modelo estatal a otro, se detienen ante el muro de sus puntos comunes, que son la sumisión a los intereses de los accionistas mayoritarios y la posibilidad de convertirse en conglomerados en manos de estos mismos accionistas escondidos detrás de múltiples estructuras jurídicas.

La empresa en su forma actual, complacientemente volcada hacia la depredación económica, es un actor esencial del juego de poder anglosajón, que desarrolla su dominación a través del control monetario y el libre comercio. Este sistema global de dominación, fuertemente integrado, se encuentra hoy en una fase de rápida expansión.

Sin embargo, el principio político, que tiene por función regir la vida en sociedad, debería regir el comercio y la economía y no ser regido por ellos. Comercio y política son dos términos diferentes que no se pueden fusionar. Hoy en día, el papel del Estado está considerablemente rebajado y disminuido por el modelo de empresa de tipo capitalista; Los Estados ya no tienen los medios para asumir su papel político que es, ante todo, asegurar y garantizar la paz social.

Ante los excesos debidos a la confiscación del poder por parte de una élite financiera, es en general deseable reformar la empresa que sirve de soporte a su expansionismo jurídico y político mundial. La teoría jurídica expuesta en la segunda parte de este artículo, que se enmarca en una línea de ruptura, responde a la necesidad – hoy acuciante – de restituir al hecho político un control sobre el hecho económico, en otras palabras, devolver a la noción de Estado su antigua nobleza.

Estas propuestas jurídicas se inscriben en la tradición de la concepción gaulista de la empresa 1, precisando que proponemos una reorganización estructural del propio concepto de empresa y no una adaptación de este concepto. El establecimiento del control jurídico de la empresa por parte del Estado y la materialización jurídica de un equilibrio de poderes dentro de esta institución probablemente devolvería a los Estados un margen de maniobra económico y político.

Esta teoría jurídica de la empresa, de ser aceptada por una mayoría de Estados, indudablemente cambiaría la geopolítica mundial al poner fin a la depredación político-económica en proceso de consumación.

Sin embargo, el renacimiento del concepto jurídico de empresa obviamente solo podrá ser logrado por instancias políticas que no sean simples emisarios de las fuerzas económicas en presencia. Desafortunadamente, Occidente ya no tiene a su disposición órganos políticos que se ocupen realmente del bien común. Los aparatos de los partidos políticos así como una parte muy sustancial – por no decir la totalidad – de los aparatos del Estado han sido fagocitados por los principales dueños del capital. Hoy podemos considerar que los estados occidentales están, en general, sometidos al despotismo de lo que ciertos geopolíticos -como Peter Scott Dale – designan con el término Estado profundo y que en realidad no es más que la perversión total o parcial de las instituciones públicas por y para los intereses privados de los principales propietarios del capital.

Analizaremos, en una primera parte, los aspectos jurídicos problemáticos del actual modelo de empresa capitalista. En una segunda parte, propondremos un nuevo modelo jurídico de empresa susceptible de convertirse en un instrumento de política económica al servicio de los pueblos. Esta teoría sólo podrá ser validada cuando jefes de Estados valientes y honestos los valientes y honestos tengan la audacia de imponer tal renovación jurídica de la empresa en su legislación.