Por Valérie Bugault, el 18 de diciembre de 2025
Estas son dos concepciones diferentes de la jerarquía de las normas que se oponen entre sí (como explico en mis textos y vídeos). ¡El Código Civil, en el momento de su creación, respetaba una jerarquía normativa fundada en grandes principios que tenían su origen en el derecho natural! Sin embargo, desde el principio y sin decirlo expresamente, la Constitución modificó esta concepción de la jerarquía de las normas al imponer un principio formal: la norma superior lo es porque emana del órgano socialmente legitimado para crear la norma, el “derecho”: 1) la Constitución, 2) las leyes aprobadas por el Parlamento (Asamblea Nacional y Senado), 3) los decretos… Estas dos concepciones opuestas de la jerarquía normativa coexistieron durante mucho tiempo, generando una confusión generalizada. Hoy, y desde el advenimiento hegemónico de la teoría pura del derecho de Hans Kelsen, prevalece únicamente la jerarquía formal del derecho. Por lo tanto, hoy en día, para gran desgracia de los franceses, la Constitución es superior al Código Civil.
En realidad, nos encontramos colectivamente de nuevo frente a las ambigüedades del régimen político nacido de la Revolución de 1789, donde, a grandes rasgos, dos facciones se oponían: los montañeses por un lado y los girondinos por el otro. Con matices, porque estas dos facciones estaban a su vez divididas entre los corrompidos por las finanzas británicas y los patriotas honestos.
Con la perspectiva del tiempo, puede observarse que quienes ganaron fueron los montañeses y, entre ellos, la facción corrompida por el poder británico. La ambigüedad del régimen posrevolucionario se encarnó jurídicamente en la aparición simultánea de dos elementos filosóficamente contradictorios: 1) el Código Civil de 1804, encarnado por el régimen napoleónico, y 2) el parlamentarismo.
El Código Civil fue redactado —pese a lo que se diga— por grandes juristas impregnados de los grandes principios del derecho y que veían, en las normas, esencialmente su finalidad. Por el contrario, el parlamentarismo imponía de facto una jerarquía formal de las leyes, en la cual el legislador se ocupa únicamente de los medios establecidos por las normas; la cuestión de la finalidad del derecho se coloca en manos de financieros anónimos a través de los partidos políticos (como explico en mis trabajos).
El Código Civil de 1804 es el producto de la larga tradición jurídica francesa basada en la codificación y en una jerarquía normativa cuyo grado más alto es el derecho natural. En cambio, el derecho surgido del parlamentarismo es un producto totalmente exógeno, impuesto en Francia por los partidarios del Imperio británico, cuyas reglas están al servicio del Almirantazgo y donde los juristas quedan relegados al rango de simples burócratas que ya no se ocupan de las finalidades del derecho, sino únicamente de los medios técnicos que este debe poner en práctica para servir del mejor modo posible a los intereses financieros superiores y apátridas (¡como es evidente!).
El derecho generado por el régimen parlamentario está estructuralmente al servicio de los financieros, no de la población. Este derecho responde al “orden” —que es un desorden— positivista. ¡El positivismo es por esencia contrario al derecho natural y, además, es el producto puro de la doctrina nominalista!
Por ello, la guerra del derecho ha sido, lamentablemente, ganada por el Imperio británico mediante la subversión de nuestro modelo jurídico continental, fundado en:
- el realismo político (frente al nominalismo del derecho del Almirantazgo británico),
- el derecho natural como fundamento del principio de jerarquía normativa (frente al origen puramente formal de la regla en función del órgano que la ha emitido = positivismo sin freno),
- la codificación (frente a las compilaciones del derecho del Almirantazgo británico).
Los juristas franceses formados en esta tradición se ocupaban de las finalidades de la norma dictada, que debía respetar el derecho natural derivado del orden natural de las cosas en este mundo.
¡HEMOS PERDIDO COLECTIVAMENTE LA GUERRA DEL DERECHO Y ESTAMOS PAGANDO SUS CONSECUENCIAS!
A menos que se produzca un despertar en forma de cambio de paradigma —explicado en el proyecto Révoludroit—, debemos resignarnos a morir o a convertirnos en esclavos eternos.